La implementación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC en el Perú: desafíos y oportunidades
Implementación del AFC en el Perú
La calificación de las medidas del AFC efectuada a nivel de gobierno trazó una línea de acción, en la cual se priorizó las medidas por implementar, pero también la mejora de las medidas que se encuentran cumplidas. Asimismo, respecto de casi todas las medidas, se han efectuado y se siguen ejecutando acciones, algunas de las cuales pasaremos a describir a continuación.
Respecto de la transparencia en relación con la obligación de publicación de normas y datos específicos aplicables al comercio exterior, a nivel de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (en adelante, la VUCE), se está trabajando en un portal de acceso al mercado y regulaciones al comercio exterior, en el que se incorporará información sobre los procedimientos asociados a determinadas operaciones de importación y exportación. El reto para la implementación de la medida es la vasta cantidad de normativa vinculada al comercio exterior y los recursos que se requieren para su desarrollo y mantenimiento.
Sin embargo, es claro el beneficio que conlleva para los dueños, consignantes o consignatarios de la carga y sus representantes, encontrar información en un solo punto. Por ello, a partir de una serie de entrevistas con el sector privado, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú (en adelante, Mincetur) indicó que uno de los problemas que afrontan los exportadores es el difícil acceso a cierta normativa para el desarrollo de sus operaciones de comercio.
Otra herramienta importante asociada al principio de transparencia es el denominado Módulo de Información sobre los Servicios de Logística de Comercio Exterior o MISLO, creado mediante Ley Nº 28977 (y modificado por la Ley Nº 30809), el cual exige que los operadores de comercio exterior informen sobre la lista de sus servicios prestados, su descripción y precios, información que estará publicada en este módulo alojado en la VUCE.
Respecto de las resoluciones anticipadas, la medida ha sido implementada plenamente con la publicación del Decreto Supremo Nº 014-2021-MINCETUR, que regula las resoluciones anticipadas de origen no preferencial, con lo cual esta medida pasó de categoría B a categoría A. El reto para poner en ejecución la medida en general, es impulsar el uso de este instrumento de transparencia, dado que no es muy empleado por los importadores.
Por otro lado, respecto de las medidas vinculadas a las notificaciones de controles e inspecciones reforzados y procedimientos de prueba, el Perú se encuentra trabajando en la Iniciativa “Mejora de la gestión sanitaria para la implementación del AFC” (en adelante, la Iniciativa SECO), con apoyo de la Cooperación Suiza y en coordinación con entidades del sector público y privado.
El reto para cumplir con las medidas calificadas en categoría C es la implementación de un sistema tecnológico que viabilice el funcionamiento de alertas tempranas sanitarias, lo cual se prevé que esté alojado en la ventanilla única, así como las modificaciones a nivel de procedimiento que se requieren para la incorporación de la segunda prueba, según corresponda. Al ser medidas altamente especializadas, la ventaja de su implementación es que el Perú pueda contar con herramientas modernas de alertas con las cuales se pueda evitar riesgos sanitarios a partir de acciones oportunas, así como tener procedimientos más justos para los administrados.
En relación con la tramitación previa a la llegada, cabe indicar que, con la aprobación de la última modificación de la Ley General de Aduanas (mediante Decreto Legislativo Nº1433), se prevé la obligatoriedad del despacho anticipado, salvo excepciones contempladas en el reglamento en atención a la naturaleza de la mercancía (peligrosa o perecible, por ejemplo), o por consideraciones operativas. Esta disposición ha representado un avance para la reducción de costos de la operación, así como un reto para los dueños, consignantes, consignatarios y sus representantes para tener la documentación y efectuar sus procesos logísticos y con otras autoridades con tiempo.
Respecto de la separación entre el levante y la determinación definitiva de los derechos de aduana, impuestos, tasas y cargas, desde la modificación indicada en el párrafo precedente es posible que los operadores de comercio exterior puedan presentar garantías para el rápido levante de las mercancías, bajo ciertos requisitos. Ello significa una gran ventaja para los operadores, quienes deben tener un adecuado cumplimiento de sus obligaciones aduaneras.
La medida de gestión de riesgo, desde el punto de vista sanitario, está siendo trabajada en el marco de la Iniciativa SECO. Si bien esta medida ha sido cumplida, hay una oportunidad de mejora a nivel sanitario que era necesario impulsar para la modernización de las entidades con dicha competencia. El reto para la concreción de esta medida es la atención de los criterios y prioridades de las diferentes autoridades sanitarias, lo cual se está logrando con una coordinación constante y transparente en el manejo de la información. Ello ha ayudado en la toma de decisiones y también para recabar opiniones técnicas relevantes. Al respecto, se espera contar con un sistema de gestión de riesgos, que se prevé estará en la VUCE, que constituya un apoyo para lograr este objetivo.
En relación con la medida vinculada a los operadores autorizados, con la Iniciativa SECO se está mejorando esta medida calificada en categoría A con miras a que el operador obtenga beneficios no solo aduaneros sino también sanitarios, bajo ciertos requisitos. Siguiendo esta línea, en setiembre del 2020, se emitió el Decreto Supremo Nº 267-2020-EF, mediante el cual se ha regulado la participación de entidades sanitarias en el programa OEA, manejado por la aduana peruana. Así, la coordinación multisectorial, el estudio de mejores prácticas y la elaboración de normativa procedimental complementaria son retos que van a traer como resultado la mejora de la gestión de riesgo en todas las entidades de gobierno que participan en el proyecto.
Por su parte, en los últimos tres años, la normativa sobre envíos urgentes, concretamente sobre envíos de entrega rápida aplicable a los couriers, ha sufrido modificaciones con el objetivo de modernizar el proceso que debe ser expeditivo en atención a su operatividad. Si bien se trata de un procedimiento que tiene sus propias particularidades, el apoyo del sector privado es crucial para lograr estos cambios.
Una de las medidas que ha tenido mayor desarrollo en nuestro país y que ya se encuentra implementada es la ventanilla única, lo cual no solo se ha limitado a facilitar servicios de gobierno a gobierno, sino de empresa a empresa. Así, el desarrollo del Proyecto VUCE 2.0 ha permitido una mayor interoperabilidad de los procedimientos de las entidades de gobierno, incluso con otros países, constituyéndose en el punto de entrada de la documentación de comercio exterior. De esta manera, con la Ley de Fortalecimiento de la VUCE y su Reglamento (Ley Nº 30860 y Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR), se ha respaldado estos cambios y se garantiza el trabajo conjunto a nivel de gobierno.
En materia de libertad de tránsito, se ha promovido un desarrollo importante de la logística de comercio exterior, a través de una nueva normativa vinculada al transporte multimodal (Decreto Supremo Nº 039-2019-MTC), el desarrollo de plataformas logísticas (Ley Nº 28977 y Decreto Supremo Nº 022-2021-MTC) y el impulso de la asociatividad en el transporte. En ese sentido, el reto para mejorar la medida está en la implementación de la normativa y en la inversión de recursos que ello conlleva.
Conclusión
La mejora de las disposiciones del AFC está en ejecución a partir de la exigencia de la digitalización de los procesos del sector público, con la emisión del Decreto Legislativo Nº 1492, el cual tiene por finalidad evitar el traslado de personas para contrarrestar los efectos del COVID 19 y la reducción de costos de tiempo y dinero. Ello representa una herramienta que representa una mejora de las medidas del AFC e, incluso, que va más allá de sus mandatos. Es importante destacar que la implementación del AFC y el desarrollo de medidas AFC plus han sido impulsadas por el Perú en las últimas negociaciones de tratados de libre comercio, mediante la inclusión de sus disposiciones.
Finalmente, es importante destacar que, la próxima participación del sector privado como parte del Comité Nacional de Facilitación del Comercio de Perú (denominado Comisión Multisectorial para la Facilitación de Comercio Exterior o COMUFAL), resulta fundamental para la validación y apoyo respecto de las medidas planteadas por el gobierno, lo cual respalda también el trabajo multisectorial que se desarrolle en este foro.